Los cementerios son terrenos establecidos por el Ayuntamiento para fines de enterramiento o sepultamiento de cadáveres o restos humanos. Las tumbas, los mausoleos u otros monumentos funerarios que se edifiquen en los cementerios sólo podrán tener inscripciones de carácter funerario, y en consecuencia, sin palabras o expresiones contrarias al orden público o a las buenas costumbres.
Para realizar el enterramiento de un cadáver en cualquiera de los cementerios debe dirigirse a la oficina del mismo con los documentos detallados a continuación:
- Título de Propiedad
- Pago Impuesto Correspondiente
El ayuntamiento de Castillo cuenta con dos cementerios
1.Cementerio Pricipal, Calle Jose Victorio
2.Cementerio Nuevo, Calle Principal Juana Diaz